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  • “La decisión mexicana de no permitir las entrevistas en los términos del GIEI obedeció a que se trasgrede el orden jurídico mexicano; se excede el mandato otorgado; y principalmente se violan los principios del debido proceso y por ende los derechos fundamentales de los militares, colocándolos en la incertidumbre y vulnerabilidad jurídica”, indicó la Secretaría de la Defensa Nacional en una carta enviada al diario El Sur.

Redacción/EL Sur

Los miembros del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) no tienen facultades para interrogar a los soldados del Ejército mexicano sobre el caso Ayotzinapa. Así lo afirma la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en una carta enviada al diario El Sur.

La Sedena envió la carta luego de que los miembros del GIEI visitaron el pasado martes 8 de septiembre la Normal Rural de Ayotzinapa, donde señalaron que buscan platicar con los militares, porque tienen información que indica que los soldados vigilaron a los normalistas antes de llegar a la terminal de autobuses el 26 de septiembre del año pasado.

 

“La decisión mexicana de no permitir las entrevistas en los términos del GIEI obedeció a que se trasgrede el orden jurídico mexicano; se excede el mandato otorgado; y principalmente se violan los principios del debido proceso y por ende los derechos fundamentales de los militares, colocándolos en la incertidumbre y vulnerabilidad jurídica”, señala la carta fechada el jueves 10 de septiembre de 2015 y dirigida al director de El Sur.

El documento está firmado por el jefe de Estado Mayor de la Novena Región Militar, el general de brigada Diplomado Estado Mayor, Arturo Vallarta Tafolla.

La carta señala que las facultades del GIEI están “expresamente señaladas” y “consisten en actividades de análisis y, de ser el caso, formular recomendaciones de las acciones a implementar, así como la posibilidad de tener acceso a los expedientes de las investigaciones y causas penales, sin que ninguna parte del acuerdo establezca que dicho grupo podrá realizar entrevistas, interrogar, tomar declaraciones directamente a persona alguna o practicar diligencias”.

 

En la carta, la Sedena argumenta que una aprobación del gobierno a la solicitud del GIEI “supondría una violación a la ley”.

 

“Los artículos 1, 16 y 21 de la Carta Magna, 2 y 73 del Código Federal de Procedimientos Penales, establecen la obligación de la autoridad de respetar, proteger, garantizar los Derechos Humanos y realizar solo aquellos actos que la ley expresamente le faculta, los cuales deben estar fundados y motivados debidamente, por lo que se puede apreciar que el planteamiento carece de fundamento legal”.

 

“En el Estado mexicano la investigación de los delitos compete al Ministerio Público y a las policías, sin que ninguna autoridad pueda autorizar, en esa investigación, a particulares entrevistas a los testigos, como sería el caso por este grupo de extranjeros”.

 

“En México, de acuerdo a sus normas nacionales, es el Ministerio Público o la autoridad judicial, quienes podrían formular a los militares las preguntas conducentes”, agrega el documento

 

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