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Jaime GUERRERO

OAXACA, (#página3.mx).- En la búsqueda de reflectores, el partido morralla Renovación Social (PRS), hace lo posible e imposible. Luego de que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobara la separación del Partido del Trabajo (PT) de la coalición “CREO” integrada por PAN-PRD, impugnó el aval del órgano electoral.

Para ello, presentó un escrito de comparecencia como tercero interesando inconformándose con el acuerdo IEEPCO-CG-27/2016, signado por el órgano electoral el 21 de marzo.

Pese a que no ha acudido a las últimas sesiones del consejo general del IEEPCO, Alfonso Esparza Hernández, representante del PRS ante el órgano, explicó que el apersonamiento ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca atiende a que el acuerdo en cuestión atenta contra los principios de equidad, certeza, legalidad e imparcialidad.

Según el también integrante de la Administración Municipal de San Antonio de la Cal, entre los argumentos que sustentan la impugnación se establecen los agravios a la temporalidad establecida en el CIPPEEO, así como lo referente a la modificación de plazos para el registro de candidatos previamente acordado por el Consejo General del órgano electoral local.

De acuerdo al ex militante del Partido Movimiento Ciudadano, en un aparente y sospechoso error de la autoridad electoral se le permite al PT renunciar a la participación coaligada en cualquier tiempo, bajo el razonamiento de que su aviso de separación fue presentado de manera oportuna, argumentando erróneamente que el periodo de registro de candidatos a gobernador, no es del 11 al 25 de marzo como previamente fue aprobado por el Consejo General, sino que ese periodo corresponde a la solicitud de registro de candidatos.

El también funcionario municipal de San Antonio de la Cal, señaló que el acuerdo por el que el árbitro electoral aprueba la salida del PT de la colación en cuestión carece expresamente de circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se tuvieron en consideración para la emisión del acuerdo, con lo cual no se tiene por cumplido los requisitos que se exigen a través de lo previsto en los Artículos 16 y 41 Constitucionales por carecer de una debida fundamentación y motivación.

“En este sentido, se solicita dejar sin efectos la participación del PT en las coaliciones para la elección de la gubernatura, diputaciones locales por mayoría relativa y concejalías a los ayuntamientos por el sistema de partidos políticos”.

Sin embargo, se requiere dejar a salvo los derechos políticos del Partido del Trabajo para participar individualmente en el proceso electoral, lo que en consecuencia dejaría subsistente la plataforma electoral del partido, misma que fue presentada de manera particular por el instituto político en diciembre pasado.

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