Skip to main content

Pierden sus diputaciones pluris Ericel Gómez Nucamendi, propietario del diario Noticias; Arcelia López Hernández; Fredie Delfín Avendaño, Rocío Machuca Rojas, Emilio Joaquín García Aguilar; Karina Espino Carmona y Alejandro Lopez Bravo.

Jaime GUERRERO

OAXACA, (pagina3.mx).- Con dos votos a favor, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) tumbó siete diputaciones locales plurinominales al Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), que ya le había asignado el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).

Además, ordenó al órgano electoral reasignarle 3 al PRI, 1 al PAN, 1 al PRD, 1 al PVEM, y 1 a Nueva Alianza, para su integración en la próxima Legislatura local, que entrará en funciones el próximo 13 de noviembre.

Votó en contra el magistrado Wilfrido López Vázquez, cuota del diputado federal electo del PT, Benjamín Robles Montoya.

Con la resolución, se vinculó al Consejo General del IEEPCO para que en un plazo máximo de 72 horas, expida y entregue las constancias de asignación de diputados de representación proporcional correspondientes a las fórmulas de candidatos.

El magistrado ponente, Víctor Manuel Jiménez Viloria, afín al PAN, estableció que hubo inequidad en la votación total obtenida por partidos, porque de los resultados de la votación obtenida tanto en cada uno de los 24 distritos en donde la coalición Juntos Haremos Historia postularon candidatos así como en aquel en donde fueron de manera separada, fue evidente que el partido MORENA aportó más del 83% de la votación que en su conjunto tuvo la coalición.

Y es que el PT aportó 110 mil 857, MORENA, 771 mil 455 y el PES, solo 40 mil 735, cuya votación total fue de 923 mil 47. Así, el PT solo aportó 12 por ciento, y el PES, el 4.41 por ciento.

“Lo anterior permite advertir, que en los 24 distritos donde la coalición postuló candidatos fue Morena quien respaldó el triunfo obtenido de Mayoría Relativa de los otros dos partidos, circunstancia que provocó que sin tener la suficiente fuerza electoral se ubicaran en un plano de sobrerrepresentación, siendo que únicamente obtuvieron el 6.09% (PT) y 2.24% (PES) de la votación, respectivamente”, fundamentó el magistrado ponente.

En tanto, en las coaliciones “Por Oaxaca al Frente” integrada por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, y Todos por Oaxaca integrada por los partidos Revolucionarios Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, el impacto en la votación que obtuvieron fue medianamente proporcional a los escaños obtenidos.

Los partidos que aportaron la mayor cantidad de votos fueron el PRD y el PAN, lo cierto es que las aportaciones fueron proporcionales a lo acordado en el convenio de coalición celebrado, se afirma lo anterior en razón de que en dicho convenio se estableció que al PAN y al PRD les correspondía asignar candidatos en diez distritos a cada uno es decir el 40% por partido, y a Movimiento Ciudadano únicamente en el 20% restante es decir en 5 distritos, es decir existe una proporcionalidad en cuanto a los porcentajes aportados.

Ahora bien, por cuanto hace a lo relativo a la coalición Todos por Oaxaca, se trató de una coalición parcial únicamente por cuanto hace a 15 diputaciones las cuales se distribuyeron de la siguiente manera, 9 al PRI, 2 al Verde Ecologista de México y 4 al Partido Nueva Alianza, quienes en sumatoria consiguieron 484 mil 906 votos, el PRI, 74.20%; el PVEM, 11.77% y Panal, 14.02%.

Así, para los dos magistrados, al calcular los límites de sub o sobrerrepresentación, el IEEPCO debió considerar a la coalición Juntos Haremos Historia como una unidad, “ello pues fue solo en esta coalición donde se advierte que existe una evidente desproporción entre las aportaciones de votos realizadas por los partidos integrantes en relación con el número de escaños obtenidos y los porcentajes marcados en los convenios de coalición.

Esto, abundó, con el objeto de otorgar una representación más adecuada a todas las corrientes políticas relevantes, así como para garantizar, en una forma más efectiva, el derecho de participación política de la minoría, y con ello evitar los efectos extremos de distorsión de la voluntad popular, producidos, en este caso, por el sistema de mayoría simple”.

Jiménez Viloria estableció en su sentencia que sostener una hipótesis contraria implicaría vulnerar el principio de igualdad entre el resto de las fuerzas políticas que compitieron en las pasadas elecciones.

Además de generar distorsiones en la representación política, toda vez que, al considerarse a los Partidos que integraron a la Coalición Juntos Haremos Historia para efectos de la asignación de diputaciones de representación proporcional en la primera ronda por porcentaje mínimo, y en las sucesivas fases de asignación de Cociente electoral y resto mayor mediante la asignación de aquellas candidaturas que no alcanzaron la victoria pero obtuvieron el mayor porcentaje y son pertenecientes a la Coalición como una unidad, genera en sí mismo una distorsión a la representación proporcional.

Lo mismo, estableció que se vulnera el principio de igualdad formal, toda vez que cada una de las fuerzas políticas participantes en dicho procedimiento de asignación no recibirían el mismo trato.

En consecuencia, ordenaron rehacer la operación matemática consistente en la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, tomando a la Coalición Juntos Haremos Historia, como un todo y no de manera individual a cada Partido Político, y se llevará a cabo el ejercicio de asignación de las curules de la Coalición relacionadas con la causa de pedir de los actores conforme a la normatividad aplicable al caso concreto.

Los nuevos pluris

Así, las y los priistas beneficiados con la decisión fueron Jorge Toledo Luis, María del Carmen Ricárdez Vela y Alfredo Delgado Cervantes.

Por el PRD, Francisco Javier Niño Hernández; por el PAN, Fernando Huerta Cerecedo; por el PVEM, Félix Martínez Olivares; y por Nueva Alianza, Bersahín Asael López.

No obstante, Carballido Díaz reconoció que esta sentencia contradice lo expuesto en las leyes electorales, las cuales establecen que el procedimiento de asignación de diputaciones plurinominales es por partido y no por coalición.

En tanto, pierden sus diputaciones pluris Ericel Gómez Nucamendi, propietario del diario Noticias; Arcelia López Hernández; Fredie Delfín Avendaño, Rocío Machuca Rojas, Emilio Joaquín García Aguilar; Karina Espino Carmona y Alejandro Lopez Bravo.

Deja una Respuesta