- El defensor indígena zapoteco permaneció encarcelado durante 15 años, siete meses y 12 días por un proceso que la ONU calificó como arbitrario y vinculado con su defensa del bosque de San Isidro Aloápam. Organizaciones nacionales e internacionales celebraron su excarcelación, pero advirtieron que la resolución no reconoce su inocencia ni repara las violaciones cometidas contra él y su familia.
Karen Rojas Kauffmann /
Oaxaca de Juárez.– Después de permanecer privado de la libertad durante 15 años, siete meses y 12 días, el defensor indígena zapoteco Pablo López Alavez fue liberado el 27 de marzo de 2026, luego de que una resolución de segunda instancia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca modificara la clasificación jurídica del delito por el que había sido sentenciado.
El tribunal reclasificó los hechos de homicidio calificado a homicidio simple y redujo la condena de 30 años a 15 años y tres meses de prisión. Debido a que López Alavez se encontraba encarcelado desde el 15 de agosto de 2010, la autoridad consideró cumplida la pena y ordenó su liberación inmediata.
La información fue dada a conocer públicamente casi cinco meses después por organizaciones mexicanas e internacionales de derechos humanos, que explicaron que mantuvieron en reserva la excarcelación por la seguridad del defensor y de su familia.
Aunque la resolución permitió que Pablo López Alavez saliera de prisión, la sentencia condenatoria continúa vigente. Las organizaciones que han acompañado el caso sostuvieron que la liberación no equivale a una absolución y anunciaron que continuarán las acciones legales para que se reconozcan las violaciones al debido proceso, se revoque la condena y se ordene una reparación integral.
Originario de San Isidro Aloápam, comunidad zapoteca de la Sierra de Juárez, López Alavez participó durante años en la defensa comunitaria del bosque y denunció actividades de tala que, de acuerdo con habitantes y organizaciones civiles, afectaban el territorio, los recursos naturales y las fuentes de agua de la población.
El 15 de agosto de 2010 fue detenido por un grupo de hombres armados y encapuchados, sin que le presentaran una orden de aprehensión. Según las organizaciones que documentaron el caso, durante su captura fue golpeado, torturado e incomunicado antes de quedar a disposición de las autoridades.

El defensor indígena zapoteco fue liberado después de permanecer casi 16 años en prisión. Aunque la ONU calificó su detención como arbitraria, la sentencia condenatoria en su contra continúa vigente.
Posteriormente fue acusado de participar en dos homicidios ocurridos en 2007 durante un conflicto entre San Isidro Aloápam y San Miguel Aloápam. Desde el inicio del proceso, el defensor sostuvo que se encontraba en otra comunidad cuando ocurrieron los hechos. Su defensa presentó testimonios y documentos para respaldar esa versión; sin embargo, denunció que las pruebas de descargo no fueron valoradas debidamente y que la sentencia se apoyó en declaraciones contradictorias.
En 2017, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas concluyó, mediante su Opinión 23/2017, que su encarcelamiento era arbitrario. El organismo determinó que las violaciones a sus derechos estaban vinculadas con su actividad como defensor de los derechos humanos y solicitó al Estado mexicano liberarlo y otorgarle una reparación efectiva.
Tres años después, en diciembre de 2020, distintas relatorías de la ONU enviaron al gobierno mexicano la comunicación conjunta UA MEX 14/2020, en la que reiteraron su preocupación por la criminalización del defensor, las irregularidades procesales y las afectaciones sufridas por su familia.
La primera condena, dictada en 2017, fue dejada sin efecto y el procedimiento penal se repuso en 2020 debido a violaciones al debido proceso. No obstante, el 6 de marzo de 2025, el Juzgado Primero para la Conclusión de Asuntos Penales Tradicionales de Oaxaca volvió a sentenciarlo a 30 años de prisión por homicidio calificado y al pago de más de 112 mil pesos por concepto de reparación del daño. Organizaciones como Front Line Defenders señalaron que la resolución fue emitida pocas horas después de la audiencia y sin valorar adecuadamente las pruebas presentadas por la defensa. Front Line Defenders
La defensa impugnó esa resolución. El 27 de marzo de 2026, la segunda instancia modificó la clasificación del delito y redujo la pena, lo que hizo posible la excarcelación, pero mantuvo la responsabilidad penal atribuida a López Alavez.
Los más de 15 años de encarcelamiento también produjeron consecuencias para su familia. Su esposa, la defensora Yolanda Pérez Cruz, y sus hijos tuvieron que abandonar su comunidad debido a amenazas y hostigamientos. Actualmente cuentan con medidas cautelares de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca. Las organizaciones reportaron afectaciones a su salud, desarraigo cultural y comunitario, precariedad económica y dificultades derivadas de su desplazamiento hacia un entorno urbano.
Consorcio Oaxaca, Front Line Defenders, la Federación Internacional por los Derechos Humanos, la Organización Mundial Contra la Tortura, EDUCA y otras organizaciones exigieron al Poder Judicial Federal revisar el caso y dictar una sentencia absolutoria. También solicitaron investigar y sancionar a las autoridades responsables de las violaciones cometidas, garantizar la protección del defensor y de su familia, y establecer medidas que impidan la utilización del sistema penal para castigar la defensa de los territorios indígenas.
La liberación puso fin a la privación física de la libertad de Pablo López Alavez, pero dejó pendiente la revisión de una condena cuestionada durante casi una década por organismos de las Naciones Unidas.
Su defensa continuará el proceso para que la justicia mexicana determine si, además de haber cumplido una pena de más de 15 años, el defensor fue encarcelado por un delito cuya responsabilidad, sostienen sus acompañantes, nunca fue acreditada de manera suficiente.


